Tabla Beneficios Laborales Peru 2026
Todas las tasas, fórmulas y montos de los beneficios laborales peruanos en una sola página. Verificados con fuentes oficiales del MTPE.
Última actualización: enero 2026 · D.S. 001-97-TR · D. Leg. 713 · Ley N° 27735 · MTPE
Los Beneficios Laborales en Peru 2026
La tabla beneficios laborales Peru reúne en un solo lugar todas las tasas, fórmulas y montos que aplican en 2026. En Peru, los beneficios laborales son pagos adicionales al sueldo mensual que la ley obliga a los empleadores a entregar a sus trabajadores. No son opcionales ni dependen de la voluntad del empleador — son derechos establecidos por ley y exigibles ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) o SUNAFIL en caso de incumplimiento.
Los cuatro beneficios principales son la CTS, las gratificaciones, las vacaciones y la liquidación al cese. El monto exacto de cada uno depende de tu régimen laboral: Régimen General, Pequeña Empresa o Microempresa. A continuación encontrarás las tasas completas para cada uno.
CTS — Compensación por Tiempo de Servicios
La CTS es un ahorro forzoso que tu empleador deposita directamente en una cuenta bancaria a tu nombre dos veces al año — el 15 de mayo y el 15 de noviembre. No se descuenta de tu sueldo: es un costo 100% del empleador. En 2026, la Ley N° 32322 permite retirar el 100% de los fondos acumulados hasta el 31 de diciembre de 2026.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fórmula | (Sueldo + Asig. Familiar + 1/6 Gratificación) ÷ 12 × meses trabajados |
| Régimen General | 100% de la fórmula |
| Pequeña Empresa | 50% de la fórmula |
| Microempresa | No aplica |
| Depósitos al año | 2 — 15 de mayo y 15 de noviembre |
| Descuentos AFP/ONP | No aplica |
| Retiro 2026 | 100% hasta el 31 dic 2026 (Ley N° 32322) |
| Base legal | D.S. N° 001-97-TR |
Ejemplo RMV S/ 1,130 — semestre completo: (1,130 + 0 + 188.33) ÷ 12 × 6 = S/ 659.17
Gratificaciones — Fiestas Patrias y Navidad
Las gratificaciones son dos pagos anuales que equivalen a un sueldo mensual cada uno. Se pagan hasta el 15 de julio (Fiestas Patrias, cubre enero–junio) y hasta el 15 de diciembre (Navidad, cubre julio–diciembre). Gracias a la Ley N° 29351, las gratificaciones están exoneradas de descuentos de AFP, ONP y EsSalud — recibes el monto íntegro más la bonificación extraordinaria del 9%.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fórmula base | (Sueldo + Asig. Familiar) ÷ 6 × meses trabajados |
| Bonificación extraordinaria | 9% (EsSalud) o 6.75% (EPS) |
| Régimen General | 1 sueldo completo por período |
| Pequeña Empresa | 50% — medio sueldo por período |
| Microempresa | No aplica |
| Fecha de pago | Hasta 15 de julio y 15 de diciembre |
| Descuentos AFP/ONP | No — exoneradas por Ley N° 29351 |
| Base legal | Ley N° 27735 · Ley N° 29351 · Ley N° 29714 |
Ejemplo RMV S/ 1,130 — semestre completo EsSalud: S/ 1,130 + 9% = S/ 1,231.70
Vacaciones — Descanso Remunerado Anual
Después de cumplir un año de trabajo continuo, tienes derecho a un período de descanso pagado. Durante las vacaciones recibes tu sueldo normal — no es un pago adicional, es el pago regular por días en que descansas en lugar de trabajar. A diferencia de la CTS y las gratificaciones, el pago vacacional sí está sujeto a descuentos de AFP u ONP.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Régimen General | 30 días calendario |
| Pequeña Empresa | 15 días calendario |
| Microempresa | 15 días calendario |
| Pago vacacional | 1 sueldo mensual completo (Régimen General) |
| Vacaciones truncas | (Sueldo + AF) ÷ 12 × meses trabajados |
| Mínimo para truncas | 1 mes completo trabajado |
| Tipo de días | Calendario — incluyen sábados, domingos y feriados |
| Descuentos AFP/ONP | Sí — aplican sobre el pago vacacional |
| Base legal | D. Leg. N° 713 · D.S. 012-92-TR |
Liquidación e Indemnización por Despido
Al terminar la relación laboral — por renuncia, fin de contrato o despido — tu empleador debe pagarte todos los beneficios pendientes dentro de las 48 horas desde el último día de trabajo. Si el despido es arbitrario, corresponde una indemnización adicional que varía según el régimen laboral y los años trabajados.
| Régimen | Indemnización por despido | Tope |
|---|---|---|
| Régimen General | 1.5 sueldos × años trabajados | 12 sueldos |
| Pequeña Empresa | 20 días × años trabajados | 120 días |
| Microempresa | 10 días × años trabajados | 90 días |
Plazo de pago: 48 horas desde el cese. Reclamos ante SUNAFIL: 0800-16-872 (gratuito). Prescripción: 4 años desde el cese (Ley 27321). Base legal: D. Leg. N° 728.
Resumen Comparativo — Beneficios por Régimen
Esta tabla compara de un vistazo todos los beneficios según el régimen laboral de tu empresa:
| Beneficio | General | Pequeña | Micro |
|---|---|---|---|
| CTS | ✓ 100% | 50% | ✗ |
| Gratificaciones | ✓ 100% | 50% | ✗ |
| Vacaciones | 30 días | 15 días | 15 días |
| EsSalud | ✓ 9% | ✓ 9% | SIS |
| Liquidación | ✓ | ✓ | ✓ |
| Indemnización despido | 1.5 × años | 20 días × años | 10 días × años |
Datos Clave Peru 2026
Estos son los valores base que se aplican a todos los cálculos de beneficios laborales en 2026:
| Concepto | Valor 2026 | Base legal |
|---|---|---|
| RMV (sueldo mínimo) | S/ 1,130 | D.S. 006-2024-TR |
| UIT | S/ 5,500 | D.S. 301-2025-EF |
| Asignación familiar | S/ 113 | 10% de la RMV |
| ONP | 13% del sueldo bruto | D.L. 19990 |
| EsSalud | 9% (empleador) | Ley N° 26790 |
| Umbral renta 5ta categoría | 7 UIT = S/ 38,500 anuales | SUNAT |
Calculadoras de beneficios:
📋 Tasas verificadas 2026 — Fuentes oficiales:
Ministerio de Trabajo (MTPE) ·
D.S. 001-97-TR · D. Leg. 713 · Ley N° 27735 · Ley N° 29351
RMV S/ 1,130 · UIT S/ 5,500
⚠️ Esta información es solo orientativa. KnowMyGovt no está afiliado al gobierno peruano ni a ninguna entidad gubernamental. Verifica siempre con tu empleador o contador.

