Calculadora de Horas Extras México 2026
Con esta calculadora de horas extras México 2026 sabes cuánto te debe pagar tu patrón por el tiempo extraordinario que trabajas — con las tasas dobles y triples que marca la Ley Federal del Trabajo.
Última actualización: junio 2026 · Art. 66-68 LFT · SM $315.04/día
¿Ya tienes tus horas extras? Esto también te sirve
→ Tu bono nocturno — cuánto vale tu hora de trabajo nocturna. → Tu sueldo neto — lo que recibes cada mes.¿Qué son las horas extras?
Las horas extras son el tiempo que trabajas por encima de tu jornada legal — 8 horas en la jornada diurna, 7 en la nocturna y 7 horas y media en la mixta. Cuando tu patrón te pide quedarte más tiempo, ese tiempo extraordinario no se paga a tu tarifa normal: la Ley Federal del Trabajo obliga a pagarlo con un recargo, porque trabajar de más debe ser la excepción y no la regla.
La ley distingue dos niveles de pago. Las primeras horas extra de la semana —dentro del límite legal— se pagan al doble, y cualquier hora que rebase ese límite se paga al triple. El objetivo es claro: desalentar las jornadas excesivas y compensar al trabajador que las realiza. Esta calculadora aplica exactamente esas reglas sobre tu salario.
Cómo se calculan las horas extras en México
El cálculo parte de tu hora ordinaria: se toma tu salario diario (salario mensual ÷ 30) y se divide entre las 8 horas de la jornada. Sobre ese valor se aplican los recargos de ley:
| Tipo de hora extra | Pago | Base legal |
|---|---|---|
| Primeras 9 horas de la semana (hasta 3 h al día, 3 días) | Doble (×2) | Art. 67 LFT |
| Lo que exceda de 9 horas a la semana | Triple (×3) | Art. 68 LFT |
Ejemplo: con un salario de $12,000 al mes, tu salario diario es $400 y tu hora ordinaria $50. Si trabajaste 6 horas extra en la semana, las 6 se pagan al doble: 6 × $50 × 2 = $600. Si trabajaste 12 horas extra, las primeras 9 van al doble (9 × $50 × 2 = $900) y las 3 restantes al triple (3 × $50 × 3 = $450), para un total de $1,350.
Límites legales y tus derechos
La Ley Federal del Trabajo permite prolongar la jornada por circunstancias extraordinarias, pero nunca más de tres horas diarias ni más de tres veces a la semana (Art. 66) — es decir, un máximo de 9 horas extra semanales. Ese límite no es una meta: es un tope pensado para proteger tu salud y tu descanso.
Si tu patrón te exige trabajar por encima de ese límite, la ley te respalda: no estás obligado a hacerlo, y si lo haces, ese tiempo excedente debe pagarse al triple (Art. 68), además de las sanciones que la autoridad laboral puede imponer al patrón. Las horas extra tampoco pueden volverse permanentes ni obligatorias; son extraordinarias por definición. Si no te las pagan correctamente, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) al 800-911-7877, que ofrece asesoría y representación gratuita.
Preguntas Frecuentes
¿Las horas extra pagan ISR?
Para quienes ganan el salario mínimo, el tiempo extraordinario está exento de ISR hasta cierto límite; por encima del salario mínimo, la mitad de las horas extra (dentro del límite de 9 semanales) puede estar exenta y el resto es gravable, conforme al Art. 93 de la LISR. El monto exacto depende de tu nivel de ingreso.
¿Mi patrón puede obligarme a quedarme tiempo extra?
Dentro del límite legal (3 horas al día, 3 veces por semana) las horas extra pueden ser requeridas por circunstancias extraordinarias. Más allá de ese límite, el Art. 68 establece que no estás obligado a prestarlas.
¿Cómo se calcula mi hora ordinaria?
Se divide tu salario diario (salario mensual ÷ 30) entre las 8 horas de la jornada diurna. Esa hora ordinaria es la base sobre la que se aplican los recargos del doble o el triple.
¿Las horas extra cuentan para el aguinaldo o la prima vacacional?
El aguinaldo y la prima vacacional se calculan sobre el salario ordinario, no sobre las horas extra. Sin embargo, sí forman parte del salario integrado para efectos de indemnización y de algunas cuotas.
También en México
📋 Tasas verificadas — Fuentes oficiales: Ley Federal del Trabajo (Art. 65-68) · STPS · Art. 66-68 LFT · SM $315.04/día.
Aviso: KnowMyGovt es un sitio informativo independiente. No estamos afiliados ni representamos a la STPS, al IMSS ni a ninguna dependencia del gobierno de México. Esta herramienta es solo de carácter orientativo; verifica tu caso con tu recibo de nómina o con la autoridad laboral.

