Calculadora Vacaciones México 2026
Usa esta calculadora vacaciones México para saber cuántos días de vacaciones te corresponden y cuánto dinero recibes al tomarlas. Art. 76 y 80 LFT.
Última actualización: julio 2026 · Art. 76 y 80 LFT · Reforma Vacaciones Dignas 2022
¿Ya tienes tus vacaciones? Esto también te sirve
→ Tu prima vacacional — el 25% extra que se paga sobre tus vacaciones. → Tu aguinaldo — lo que te toca a fin de año.¿Cuántos Días de Vacaciones te Corresponden?
La calculadora vacaciones México te muestra cuántos días te corresponden y cuánto dinero recibes al tomarlos. Los días de vacaciones aumentan con tu antigüedad en la empresa. Desde la reforma de Vacaciones Dignas de 2022, el mínimo para el primer año subió de 6 a 12 días — un cambio significativo que muchos trabajadores aún desconocen.
Tabla de Vacaciones por Antigüedad
Días mínimos de vacaciones según el Art. 76 LFT vigente desde la reforma de 2022:
| Años trabajados | Días mínimos |
|---|---|
| 1er año | 12 días |
| 2do año | 14 días |
| 3er año | 16 días |
| 4to año | 18 días |
| 5to año | 20 días |
| 6to a 10mo año | 22 días |
| 11vo a 15to año | 24 días |
| 16vo a 20mo año | 26 días |
| 21vo a 25to año | 28 días |
| 26 a 30 años | 30 días |
| 31 años o más | 32 días |
Art. 76 LFT. Reforma Vacaciones Dignas 2022 vigente. Los días aumentan 2 por año hasta llegar a 20 en el 5to año; a partir del 6to año aumentan 2 días por cada 5 años de servicio.
Cuánto Recibes al Tomar Vacaciones
Al tomar vacaciones no solo recibes el pago por los días de descanso — también tienes derecho a la prima vacacional del 25% adicional sobre ese pago. El total que debes recibir es la suma de ambos:
Total = (Días × Salario Diario) + Prima Vacacional 25%
Ejemplo — Sueldo $12,000/mes, 2do año:
| Salario diario | $400.00 |
| Días de vacaciones (2do año) | 14 días |
| Salario de vacaciones (14 × $400) | $5,600.00 |
| Prima vacacional (25% × $5,600) | $1,400.00 |
| Total al tomar vacaciones | $7,000.00 |
Cómo Solicitar tus Vacaciones
Tener derecho a vacaciones (Art. 76) es una cosa; tomarlas es otra. Conviene solicitarlas por escrito a tu patrón o a Recursos Humanos, indicando las fechas que deseas. La ley obliga a que tus vacaciones se concedan dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de tu año de servicios (Art. 81), y no pueden cambiarse por dinero: deben disfrutarse (Art. 79), salvo la parte proporcional si renuncias antes de cumplir el año.
Una solicitud por escrito te protege: deja constancia de cuándo pediste tus días. Pide siempre acuse de recibo. Puedes copiar y adaptar esta carta:
[Ciudad], a [día] de [mes] de [año].
[Nombre de la empresa]
At’n: Recursos Humanos / [Nombre del jefe directo]
Por medio de la presente, yo, [Tu nombre completo], con el puesto de [puesto] y fecha de ingreso del [fecha de ingreso], solicito el goce de mi período de vacaciones que me corresponde por ley.
Solicito tomar [número] días, del [fecha de inicio] al [fecha de fin], reincorporándome a mis labores el [fecha de regreso].
Agradezco su autorización y quedo atento(a) a la confirmación correspondiente.
Atentamente,
_______________________
[Tu nombre y firma]
Pasos:
- Revisa cuántos días te tocan (usa la calculadora de arriba) y elige tus fechas.
- Llena la carta con tus datos y entrégala a tu jefe o a Recursos Humanos.
- Pide acuse de recibo: una copia firmada o un correo de confirmación.
- Si te la niegan sin causa o no respetan tus días, acude a la PROFEDET (800-911-7877), que da asesoría gratuita.
Preguntas Frecuentes
¿Cuándo puedo tomar mis vacaciones?
Tienes derecho a tomar tus vacaciones dentro de los 6 meses siguientes a tu aniversario laboral. Tu patrón debe avisarte la fecha de vacaciones con al menos 7 días de anticipación. No puede obligarte a acumular vacaciones de un año para otro indefinidamente.
¿Puedo cobrar mis vacaciones en lugar de tomarlas?
No. La ley prohíbe expresamente que el patrón sustituya las vacaciones por un pago en efectivo cuando estás activo en la empresa. Las vacaciones deben disfrutarse. La única excepción es cuando sales de la empresa — en ese caso se pagan los días no disfrutados en el finiquito.
¿Qué pasa si me enfermo durante mis vacaciones?
Si te enfermas con incapacidad médica comprobada durante tus vacaciones, el período de incapacidad interrumpe las vacaciones. Tienes derecho a disfrutar los días de vacaciones restantes en otro momento. Debes notificar a tu patrón y presentar el CITT del IMSS.
¿Los días de vacaciones se cuentan como días hábiles o naturales?
Como días hábiles — sin contar sábados, domingos ni días festivos oficiales. Si tu período de vacaciones incluye fines de semana, en realidad descansas tus días hábiles más los días no laborables que caigan en ese período.
¿Se paga ISR sobre las vacaciones?
El salario que recibes durante tus vacaciones causa ISR de forma normal. La prima vacacional (el 25% adicional) está exenta de ISR hasta 15 UMA ($1,759.65 en 2026) conforme al Art. 93 de la LISR; sólo el excedente es gravable. Calcúlalo en la Calculadora Prima Vacacional.
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📋 Fórmula verificada — Fuentes oficiales: Ley Federal del Trabajo · STPS · Art. 76 LFT · Art. 80 LFT · Reforma Vacaciones Dignas 2022
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