Cómo Hacer una Denuncia Laboral Chile 2026
Si tu empleador no está cumpliendo con tus derechos laborales, puedes denunciarlo ante la Dirección del Trabajo — de forma gratuita y sin necesidad de abogado.
Última actualización: julio 2026 · Dirección del Trabajo · Art. 505 Código del Trabajo
¿Cuándo Puedes Presentar una Denuncia Laboral?
La Dirección del Trabajo (DT) fiscaliza el cumplimiento de la legislación laboral, previsional y de seguridad y salud en el trabajo. Puedes denunciar cuando tu empleador incumpla cualquier obligación legal — no pagar el sueldo a tiempo, no pagar vacaciones, no pagar gratificación, no respetar la jornada máxima de 42 horas vigente desde abril de 2026 (Ley 21.561), no enterar tus cotizaciones de AFP o salud, no pagarte el finiquito dentro del plazo legal, o cualquier otra vulneración del Código del Trabajo.
No necesitas pruebas sólidas para presentar la denuncia inicial: la DT tiene facultades de fiscalización propias y puede ingresar al lugar de trabajo, revisar documentos y citar al empleador. Lo que sí es útil tener: tu contrato de trabajo, tus liquidaciones de sueldo y cualquier comunicación escrita relevante.
Cómo Presentar la Denuncia — Paso a Paso
- Ingresa al portal Mi DT en dt.gob.cl con tu ClaveÚnica
- Selecciona el perfil “Trabajador”
- Haz clic en “Denuncias y Solicitudes” → “Denuncia Laboral y Por Vulneración de Derechos Fundamentales/Ley Karin”
- Completa los datos del empleador denunciado: RUT, nombre, dirección, teléfono o correo
- Describe los hechos del incumplimiento con fecha, detalle y materia denunciada
- Adjunta documentos de respaldo si los tienes (no es obligatorio para iniciar)
- Envía la denuncia — recibirás un código de seguimiento por correo
También puedes denunciar: presencialmente en cualquier oficina de la Inspección del Trabajo · por teléfono al 600 450 4000 (lunes a viernes) · a través de la app Mi DT.
Importante sobre tu identidad: la denuncia ingresada por Mi DT te identifica mediante ClaveÚnica, por lo que no es anónima. Lo que sí te protege la ley es la garantía de indemnidad (Art. 485 CT): el empleador no puede tomar represalias contra ti por haber denunciado o por colaborar con una fiscalización de la DT. Si lo hace, puedes interponer una acción de tutela laboral.
¿Qué Pasa Después de la Denuncia?
Una vez recibida, la DT asigna un fiscalizador que puede visitar el lugar de trabajo o iniciar el contacto con el empleador para regularizar la materia denunciada. Si detecta infracciones, aplica multas y exige que el empleador corrija la situación — pagar lo adeudado, ajustar condiciones de trabajo, o ambas.
Las multas administrativas se aplican según el Art. 506 del Código del Trabajo y dependen del tamaño de la empresa: 1 a 10 UTM para micro y pequeña empresa, 2 a 40 UTM para mediana, y 3 a 60 UTM para gran empresa. Algunas infracciones especiales (como las relativas a fuero sindical) tienen rangos mayores que pueden llegar a 70 UTM y duplicarse en ciertos casos.
Puedes consultar el estado de tu denuncia en Mi DT con el código de seguimiento que recibiste. Si la materia es por montos adeudados (vacaciones, finiquito, sueldos), la DT puede mediar entre las partes. Si no hay acuerdo, el siguiente paso es demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo — proceso que puedes iniciar gratis con la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) de tu región.
Infracciones Más Comunes que Puedes Denunciar
| Infracción | Base legal |
|---|---|
| No pagar el sueldo en la fecha pactada | Art. 55 CT |
| No pagar vacaciones o no darlas | Art. 67–70 CT |
| No pagar gratificación legal | Art. 47–52 CT |
| No pagar finiquito dentro de 10 días hábiles | Art. 177 CT |
| No enterar cotizaciones de AFP o salud | DL 3.500 |
| Jornada sobre 42 horas sin pago de horas extras | Art. 22 CT · Ley 21.561 |
| Acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo (Ley Karin) | Art. 2 CT · Ley 21.643 |
| No entregar liquidación mensual de remuneraciones | Art. 54 CT |
Preguntas Frecuentes
¿Me pueden despedir por denunciar?
No. El Art. 485 del Código del Trabajo establece la garantía de indemnidad: las represalias contra el trabajador por ejercer acciones judiciales o por la labor fiscalizadora de la DT son una vulneración de derechos fundamentales. Si te despiden como represalia, puedes interponer una denuncia de tutela laboral. El plazo es de 60 días hábiles desde la separación (Art. 489) o desde la vulneración con relación laboral vigente (Art. 486), y el procedimiento opera con prueba indiciaria — basta con presentar indicios y el empleador debe justificar su conducta.
¿Puedo denunciar siendo trabajador a plazo fijo?
Sí. El tipo de contrato no limita tu derecho a denunciar. Trabajadores a plazo fijo, por obra o faena, y a tiempo parcial tienen exactamente los mismos derechos de denuncia que los trabajadores con contrato indefinido.
¿Qué es la Corporación de Asistencia Judicial?
Es una institución estatal que ofrece representación legal gratuita a trabajadores de menores ingresos para demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo. Si tu empleador no paga lo que te debe y la mediación de la DT no resuelve el caso, puedes acudir a la CAJ de tu región para iniciar la demanda sin costo. Hay CAJ en todas las regiones; en la Región Metropolitana puedes ubicar la oficina más cercana en cajmetro.cl.
¿Cuál es el plazo para denunciar?
Para una denuncia administrativa ante la DT no hay un plazo específico mientras se trate de incumplimientos vigentes. Para reclamar derechos laborales en tribunales, el plazo general de prescripción es de 2 años desde que se hicieron exigibles (Art. 510 CT). Para impugnar un despido o ejercer tutela laboral por represalia, el plazo es mucho más corto: 60 días hábiles desde la separación.
Presenta tu denuncia directamente en el portal oficial
Ir a Mi DT →Requiere ClaveÚnica · También: 600 450 4000 · Oficinas de la Inspección del Trabajo
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📋 Información verificada — Fuentes oficiales: Dirección del Trabajo · Código del Trabajo (Art. 485, 486, 489, 505, 506) · ChileAtiende ficha 1399
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