Licencias e Incapacidades en Colombia
Las licencias e incapacidades en Colombia son los pagos que reemplazan tu salario cuando no puedes trabajar por enfermedad, maternidad o paternidad. Cuánto recibes y quién lo paga — tu empleador, la EPS o el fondo de pensiones — depende del tipo de licencia y de los días. En esta sección encontrarás calculadoras para estimar el pago de tu incapacidad y de tu licencia de maternidad o paternidad, en lenguaje simple.
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Última actualización: junio 2026 — Verificado con el Decreto 780 de 2016, la Ley 2114 de 2021 y la Guía de Incapacidades y Licencias de la Función Pública.
¿Cuánto te pagan y quién paga?
Todos los pagos se calculan sobre tu IBC (Ingreso Base de Cotización), y para recibirlos debes estar afiliado y al día en tus aportes. Este es el resumen:
| Concepto | Cuánto recibes | Quién paga |
|---|---|---|
| Incapacidad por enfermedad general | 66,67% del IBC (días 1–90); 50% (días 91–180) | Empleador (días 1–2); EPS (desde el día 3) |
| Licencia de maternidad | 18 semanas al 100% del salario | EPS |
| Licencia de paternidad | 2 semanas al 100% del salario | EPS |
Una incapacidad nunca se paga por debajo de un salario mínimo ($1.750.905 en 2026). Si la incapacidad supera los 180 días, el fondo de pensiones (AFP o Colpensiones) evalúa tu caso y puede tramitar una pensión de invalidez.
La incapacidad por enfermedad general (de origen común, no laboral) cubre los días que tu médico certifica que no puedes trabajar. Tu empleador asume los dos primeros días y la EPS paga desde el tercero. Durante los primeros 90 días recibes el 66,67% de tu IBC, y entre el día 91 y el 180 baja al 50%. La incapacidad de origen laboral (accidente o enfermedad de trabajo) la cubre la ARL al 100% y se rige por reglas distintas.
La licencia de maternidad es de 18 semanas pagadas al 100% del salario por la EPS; se amplía cuando el parto es prematuro o múltiple, o si el bebé nace con discapacidad. La licencia de paternidad es de 2 semanas, también al 100% y a cargo de la EPS. La ley contempla que la licencia de paternidad pueda aumentar de forma gradual —hasta un tope de 5 semanas— según baje la tasa de desempleo, pero el derecho base hoy es de 2 semanas. Además existen la licencia parental compartida (las últimas 6 semanas de la licencia de maternidad se pueden repartir entre el padre y la madre) y la licencia parental flexible de tiempo parcial, ambas creadas por la Ley 2114 de 2021.
Para que la EPS te reconozca una incapacidad o una licencia, debes estar afiliado al sistema de salud y al día en tus aportes en el periodo correspondiente. Las incapacidades que expide tu médico suelen requerir transcripción ante la EPS, y las licencias de maternidad o paternidad se solicitan con el registro civil del bebé y los documentos que indique tu EPS. Si eres empleado, tu empleador tramita y descuenta estos pagos en la nómina; si eres independiente, el reconocimiento depende de que hayas cotizado sobre el IBC correcto y a tiempo.
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📋 Información verificada — Fuentes oficiales:
Decreto 780 de 2016 ·
Ley 2114 de 2021
Decreto 780 de 2016 (Art. 3.2.1.10, quién paga) · Decreto 1848 de 1969 (Art. 9, porcentajes) · CST Art. 227 y Sentencia C-543 de 2007 (mínimo 1 SMMLV) · Ley 2114 de 2021 (licencias de maternidad y paternidad) · Guía de Incapacidades de la Función Pública
⚠️ Esta es información general, no asesoría financiera, fiscal ni legal. KnowMyGovt es un servicio independiente, sin afiliación ni respaldo de la DIAN, Colpensiones, las AFP ni el gobierno colombiano, y no se hace responsable de las decisiones que tomes con base en ella.

