Seguridad Social para Independientes en Colombia

La seguridad social para independientes en Colombia funciona distinto a la de un empleado: si trabajas por prestación de servicios, por cuenta propia o con un contrato distinto al laboral, eres tú quien debe pagar tus aportes de salud, pensión y, según el caso, riesgos laborales (ARL). No hay un empleador que asuma la mayor parte. Todo parte de un Ingreso Base de Cotización (IBC), y lo pagas mes a mes a través de la PILA. En esta sección encontrarás una calculadora de la PILA, la tabla de aportes y una guía para pagarlos correctamente — en lenguaje simple.

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Última actualización: junio 2026 — Verificado con la Ley 2277 de 2022, la Ley 797 de 2003, la Ley 1122 de 2007 y la UGPP.

¿Cuánto paga un trabajador independiente?

Un independiente cotiza sobre un IBC, no sobre todo su ingreso. Para los contratos de prestación de servicios, el IBC es el 40% del valor mensual del contrato (sin incluir el IVA). Para quienes trabajan por cuenta propia o tienen otro tipo de contrato, el IBC se calcula sobre el ingreso bruto menos los costos de la actividad — reales o estimados según el esquema de presunción de costos de la UGPP. Sobre ese IBC se aplican estas tasas:

AporteTasaSobre
Salud (EPS)12,5%IBC
Pensión16%IBC
FSP (si el IBC ≥ 4 SMMLV)1% – 2%IBC
ARL (según la clase de riesgo)0,522% – 6,96%IBC

El IBC tiene un piso y un techo, y de él dependen el FSP y la ARL:

Prestación de servicios40% del valor mensual del contrato (sin IVA)
Cuenta propia u otros contratosIngreso bruto menos costos (reales o presunción de la UGPP)
IBC mínimo1 SMMLV = $1.750.905
IBC máximo25 SMMLV = $43.772.625

El IBC nunca puede ser inferior a un salario mínimo ni superior a 25. Si tu IBC alcanza o supera 4 salarios mínimos, además aportas al Fondo de Solidaridad Pensional (FSP). La ARL es obligatoria cuando el contrato de prestación de servicios dura más de un mes, sin importar la clase de riesgo; en contratos más cortos solo es obligatoria para actividades de riesgo IV y V.

Los aportes se pagan mes vencido: en un mes cotizas sobre los ingresos del mes anterior. El pago se hace a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), usando un operador de PILA en línea. La UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales) es la entidad que verifica que los independientes coticen sobre la base correcta — por eso conviene liquidar bien el IBC y conservar los soportes de tus ingresos y costos.

Cotizar como independiente no es solo una obligación: tu aporte a salud te da acceso a la EPS y a incapacidades, y tu aporte a pensión te suma semanas para una futura pensión de vejez. Mantener los pagos al día también es lo que te permite, llegado el caso, reclamar esos derechos sin tropiezos.

📋 Información verificada — Fuentes oficiales: Ministerio de Salud · UGPP · Ley 2277 de 2022
Ley 2277 de 2022 (Art. 89, IBC 40%) · Ley 1122 de 2007 (salud 12,5%) · Ley 797 de 2003 (pensión 16% y FSP) · Decreto 1772 de 1994 (ARL) · Decreto 379 de 2026 (presunción de costos)

⚠️ Esta es información general, no asesoría financiera, fiscal ni legal. KnowMyGovt es un servicio independiente, sin afiliación ni respaldo de la DIAN, Colpensiones, las AFP ni el gobierno colombiano, y no se hace responsable de las decisiones que tomes con base en ella.

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