Tabla de Suspensión 4ta Categoría Peru 2026

Esta tabla de suspensión 4ta categoría Peru reúne los límites 2026 que te permiten dejar de pagar la retención del 8% en tus recibos por honorarios, por tipo de trabajador. Verificado con SUNAT.

Última actualización: junio de 2026 · TUO Ley Impuesto a la Renta Art. 74 · R.S. 000390-2025/SUNAT · SUNAT

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Cómo Leer Esta Tabla

El 8% se retiene solo en recibos por honorarios que superan S/ 1,500. Si un recibo es por S/ 1,500 o menos, no hay retención.

Puedes pedir la suspensión (y dejar de pagar el 8% en todos tus recibos) si proyectas que en el año no superarás el límite anual de tu tipo de perceptor.

Compara tu ingreso mensual y tu proyección anual con la fila que te corresponde. Si estás por debajo, calificas.

Límites de Suspensión de Retenciones 4ta Categoría 2026

SUNAT fija estos montos cada año en función de la UIT (para 2026, S/ 5,500). Son los topes vigentes para solicitar la suspensión de retenciones y pagos a cuenta:

Tipo de perceptorIngreso mensual (tope)Proyección anual (tope)
Profesional u oficio independiente (recibos por honorarios en general)S/ 4,010S/ 48,125
Director, síndico, mandatario, gestor de negocios o albaceaS/ 3,208S/ 38,500

La proyección anual se mide sobre el total de rentas de cuarta y/o quinta categoría — es decir, si además tienes sueldo en planilla, ambos ingresos se suman para comparar con el tope.

Entendiendo la Suspensión de Retenciones

La retención del 8% es un adelanto del impuesto a la renta que tus clientes entregan a SUNAT a tu nombre. Para muchos trabajadores independientes ese adelanto termina siendo mayor al impuesto que realmente les corresponde — y recién lo recuperan como devolución al año siguiente. La suspensión evita ese préstamo forzoso: si calificas, tus clientes dejan de retenerte y recibes el íntegro de cada recibo durante todo el año.

La solicitud se presenta una vez al año con el Formulario Virtual N° 1609 en SUNAT Virtual, usando tu Clave SOL, desde el 1 de enero. SUNAT evalúa tu proyección de ingresos y, si procede, emite una constancia de suspensión con vigencia hasta el 31 de diciembre. Esa constancia es la que muestras a tus clientes para que no te retengan.

Si durante el año tus ingresos crecen y superas el límite anual de tu fila, estás obligado a reiniciar las retenciones — es decir, volver a pagar el 8% (o los pagos a cuenta directos) desde el mes en que superaste el tope. Por eso conviene rehacer tu proyección si tu volumen de honorarios cambia mucho a mitad de año.

Preguntas Frecuentes

¿Desde cuándo puedo pedir la suspensión?

Desde el 1 de enero de cada año, presentando el Formulario Virtual N° 1609 en SUNAT Virtual con tu Clave SOL. La constancia que emite SUNAT vale hasta el 31 de diciembre.

¿Qué pasa si supero el límite a mitad de año?

Debes reiniciar las retenciones desde el mes en que superas el tope anual de tu tipo de perceptor. La suspensión deja de aplicar y tus clientes vuelven a retenerte el 8% en recibos mayores a S/ 1,500.

¿El límite incluye mi sueldo si también trabajo en planilla?

Sí. La proyección anual se calcula sobre el total de rentas de cuarta y/o quinta categoría. Si tienes sueldo y además emites recibos, ambos ingresos se suman para compararlos con el tope.

¿Por qué los directores tienen un tope distinto?

Las rentas por funciones de director, síndico, mandatario, gestor o albacea tienen un régimen propio: un tope anual de S/ 38,500 (mensual S/ 3,208) y no se les aplica la deducción del 20% en la determinación anual.

📋 Información verificada en junio de 2026 — Fuentes oficiales: SUNAT — Suspensión de Retenciones · SUNAT — Cálculo de 4ta Categoría. Base legal: TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (D.S. 179-2004-EF, Art. 74) · R.S. 000390-2025/SUNAT (límites de suspensión 2026, UIT = S/ 5,500).

⚠️ Esta es información general, no asesoría financiera, fiscal ni legal. KnowMyGovt es un servicio independiente, sin afiliación ni respaldo de la SUNAT, la SBS, la ONP, EsSalud, las AFP, la SUNAFIL, el MTPE ni el gobierno peruano, y no se hace responsable de las decisiones que tomes con base en ella.

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