Cómo Tramitar la Jubilación en Argentina 2026
Última actualización: julio 2026 · ANSES / argentina.gob.ar · Formulario P.S. 6.18 · Ley 24.241
Saber cómo tramitar la jubilación en Argentina te evita vueltas y demoras. El trámite se hace en ANSES y es gratuito: no hace falta ningún gestor. Es un proceso mixto — arrancás online en mi ANSES para revisar tus aportes y lo terminás con un turno en una oficina. Esta guía te lleva paso a paso.
¿Cuándo Podés Iniciar el Trámite?
Podés iniciar la jubilación ordinaria cuando cumplís los dos requisitos: 60 años las mujeres o 65 los varones, y 30 años de aportes. Si tenés más edad que la mínima pero te faltan aportes, podés compensar (2 años de edad de más por 1 de aportes de menos). Conviene iniciar el trámite apenas cumplís los requisitos, porque el haber se paga desde la fecha de solicitud.
Si aportaste en ANSES y también en una caja provincial o municipal, tenés que tramitar la jubilación en el organismo donde hiciste la mayor cantidad de aportes.
Cómo Iniciar el Trámite Paso a Paso
- Entrá a mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Verificá que todos tus aportes estén registrados en Trabajo > Consultar Historia Laboral.
- Si te faltan aportes, reuní la documentación que los pruebe (ver más abajo).
- Completá el formulario P.S. 6.18 (“Solicitud de prestaciones previsionales”).
- Sacá un turno en una oficina de ANSES y presentate con tu DNI y la documentación.
La solicitud se presenta de manera presencial, con turno. La parte online (revisar tu Historia Laboral en mi ANSES) conviene hacerla antes, para llegar al turno con todo en orden.
Documentos que Necesitás
- DNI original.
- Formulario P.S. 6.18 (“Solicitud de prestaciones previsionales”) completo.
- Tu Historia Laboral verificada en mi ANSES.
- Si te faltan aportes: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social o Declaración Jurada que prueben los períodos trabajados.
- Solo mujeres (reconocimiento de aportes por tareas de cuidado): partidas de nacimiento de tus hijos; el Certificado de Discapacidad (CUD) si tenés hijos con discapacidad; la sentencia de adopción si son adoptados.
Cuánto Cuesta y Cuánto Tarda
El trámite es gratuito. No necesitás pagar ni contratar a nadie: ANSES no cobra por iniciar la jubilación y desconfiá de cualquiera que te pida dinero por “agilizarla”.
ANSES no publica un plazo fijo de resolución en la página oficial del trámite, así que el tiempo puede variar según tu caso (sobre todo si hay aportes faltantes que reconocer). Una vez otorgada, la jubilación se paga desde la fecha de solicitud, por eso conviene iniciarla apenas cumplís los requisitos.
Si Algo Sale Mal
- Te faltan aportes en la Historia Laboral: podés reconocer los períodos trabajados presentando certificaciones de servicios, recibos de sueldo o una Declaración Jurada. Si el empleador no los declaró, ANSES puede intimarlo.
- No llegás a los 30 años: revisá si te conviene la PUAM (a los 65) o la prestación por edad avanzada (a los 70), o comprar aportes por anticipado si todavía sos menor a la edad jubilatoria.
- Aportaste en varias cajas: tramitá donde hiciste más aportes; las cajas se reconocen los servicios entre sí.
- Rechazo o demora: podés pedir el detalle por escrito y, si corresponde, iniciar un reclamo administrativo en ANSES.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo hacer todo el trámite por internet?
No del todo. La parte online (revisar tu Historia Laboral en mi ANSES) la hacés vos, pero la solicitud se presenta de forma presencial, con turno, en una oficina de ANSES.
¿Cuánto cuesta tramitar la jubilación?
Nada. Es gratuito. Desconfiá de cualquier gestor que te cobre por “acelerarla”: no hace falta intermediario.
¿Qué es el formulario P.S. 6.18?
Es la “Solicitud de prestaciones previsionales”, el formulario oficial con el que pedís la jubilación. Lo completás y lo presentás en el turno junto con tu DNI y la documentación.
¿Desde cuándo cobro si me la otorgan?
La jubilación se paga desde la fecha en que iniciaste la solicitud, aunque la resolución tarde. Por eso conviene tramitarla apenas cumplís los requisitos.
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📋 Trámite verificado — Fuente oficial: argentina.gob.ar — Tramitar la jubilación · Formulario P.S. 6.18 · Portal mi ANSES (mi.anses.gob.ar) · Ley 24.241.
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